
Madrid Central entra en vigor hoy viernes 30 de noviembre. A nivel normativo, la Zona de Bajas Emisiones «Madrid Central» se establece en la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid mediante Acuerdo de 5 de octubre de 2018 (BOCM de 23 de octubre de 2018).
Se trata de una zona de bajas emisiones, prácticamente la totalidad del distrito de Centro salvo excepciones, en la cual el tráfico de los vehículos estará restringido. Las excepciones serán los residentes, el transporte público, los vehículos de determinados colectivos necesarios para la vida del distrito y vehículos menos contaminantes según distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico.
Normativa para rodajes audiovisuales.
En lo que respecta a los rodajes se aplica el mismo criterio de acceso para las empresas que presten servicios relativos a actos y ocupaciones en la vía pública que se venía aplicando en las diferentes Áreas de Prioridad Residencial existentes en el Distrito Centro de Madrid:
- El Negociado de Autorizaciones de Rodajes , competente en la gestión de autorizaciones de actos y ocupaciones en la vía pública, tramitará los permisos de acceso de estos vehículos en la aplicación de gestión de permisos de acceso a Madrid Central.
- Para que los vehículos técnicos puedan entrar en la zona de Madrid Central tendrán que incluirse sus matrículas en el apartado correspondiente del Permiso de ocupación de vía pública (sección 9 del formulario: Matrículas zonas prioridad residencial – APR).
- Es conveniente incluir las matrículas en el formulario en el momento de la presentación del Permiso. En caso de no poder hacerlo el Negociado de Rodajes generalmente permite a los solicitantes que añadan las matrículas posteriormente mediante una adenda.
- La vigencia de los permisos de acceso de estos vehículos se limitará a la autorización concedida para efectuar el acto u ocupación en la vía pública.
- Durante la primera fase informativa de implementación de Madrid Central, que empieza el 30 de noviembre y en la cual el control es manual, tan solo deberán mostrar, en caso de que así se lo requieran los Agentes de Movilidad o Policía Municipal, algún documento acreditativo del servicio para el acto en la vía pública o la autorización de la ocupación.
En las zonas de bajas emisiones como Madrid Central opera una restricción adicional:
- En el artículo 218 se indica que en las plazas de estacionamiento regulado de las vías de las Zonas de Bajas Emisiones solo se permitirá la colocación del vehículo de asistencia del grupo electrógeno hasta un máximo de 10 metros lineales. Esta restricción opera especialmente para los generadores eléctricos.
- El uso de cada vehículo que accede para el rodaje debe indicarse en el formulario de solicitud. En este caso los vehículos técnicos del equipo electrógeno tendrán limitado su espacio, sin perjuicio de que se estudien caso a caso los proyectos con otras necesidades que justifiquen una ocupación superior.
Hasta el 31 de diciembre de 2019 podrán seguir entrando todos los vehículos técnicos sin que los criterios medioambientales sean restricción ineludible. A partir del 1 de enero de 2020 se empezarán a exigir progresivamente los distintivos menos contaminantes:

Nueva Ordenanza de Movilidad.
La Nueva Ordenanza de Movilidad entró en vigor el 24 de octubre. Como recordatorio de las principales líneas maestras en materia de rodajes, dispuesta en los artículos 213 a 218 resumimos:
Ocupación de la vía pública.
La consideración de rodaje es todo proceso de grabación o retransmisión de una acción televisiva, cinematográfica o de realización de reportaje fotográfico que se realice dentro del término municipal de Madrid y precise la ocupación del suelo, vuelo o subsuelo de dominio público, con vehículos o elementos de asistencia a la grabación.
2 días consecutivos de rodaje, intervalos de 15 días.
Se autorizan los rodajes durante un máximo de 2 días dejando un tiempo mínimo de 15 días naturales para autorizar nuevamente otra ocupación por rodaje en la misma zona, salvo casos excepcionales debidamente justificados. El objetivo de esta medida es encontrar un equilibrio entre la promoción de la actividad económica y de la imagen de la ciudad que producen los rodajes y los derechos de los residentes.
Preferencia para estacionar en la zona azul.
Cuando la ocupación se solicite para zona de estacionamiento regulado, se realizará preferentemente en zona azul, pudiendo concederse en zona verde únicamente cuando no sea posible el estacionamiento en zona azul en las calles próximas a donde se desarrolle la acción de rodaje.
Declaración de interés municipal.
La ordenanza contempla que la Junta de Gobierno pueda acordar la declaración de interés municipal de aquellos rodajes que por tener características especiales de promoción de la ciudad de Madrid y de su imagen, o por la repercusión económica en la ciudad o circunstancias especiales que se justifiquen, así lo soliciten.
La Ciudad de Madrid Film Office , oficina pública del Ayuntamiento de Madrid, ofrece sus servicios de información y asesoramiento para empresas y profesionales sobre proyectos de rodaje, previo paso a solicitar los correspondientes permisos en el Negociado de Autorizaciones de Rodajes.
Consulta:
Fuentes:
Criterios de Acceso Madrid Central
Ver Título Segundo: Distribución urbana de mercancías y otros servicios. Capítulo 6, artículos 213-219.
